Este incentivo consiste en una reducción de un porcentaje de la base imponible correspondiente a la renta generada por la cesión o transmisión a terceros de determinados activos intangibles. El porcentaje se determina como el resultado de multiplicar por un 60 % un coeficiente representativo de la contribución relativa de la empresa al desarrollo del creación del intangible.
Son elegibles:
- las patentes
- modelos de utilidad
- certificados complementarios de protección de medicamentos y de productos fitosanitarios
- dibujos y modelos legalmente protegidos
- software avanzado registrado